Cabildo de las Monas
Los estatutos de la Real e Ilustre Cofradía de Nuestro Padre Jesús Resucitado, en su artículo 43.2.2, recogen el sentido y significado del Cabildo de las Monas, que tiene lugar cada año el Sábado de Pasión:
“Será competencia de este Cabildo: ratificar, en su caso, los nombramientos efectuados por los demás órganos directivos de la Cofradía durante el ejercicio anterior. Valorar los eventos que han tenido lugar en el mismo periodo, así como los preparativos realizados para nuestra Procesión del Domingo de Resurrección. Ratificar las sanciones por falta grave o muy grave acordadas con posterioridad al anterior Cabildo General, a propuesta del Cabildo de Mesa, y readmitir, en su caso, a propuesta de la Junta Rectora, a los sancionados, conforme a lo previsto en estos Estatutos”.